Micelio
Auto26 de abril de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 dispuso remitir al Director de la Unidad Nacional de Protección y al Director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior copia de la solicitud formulada por la Junta Directiva del Consejo Comunitario de Curvaradó a la primera entidad mencionada, en la que piden información respecto a las medidas que se dispusieron para la protección del consejo comunitario y en qué circunstancias se hizo su entrega efectiva.

Lo anterior para que, de conformidad con sus funciones y competencias, se pronuncien sobre los hechos descritos en dicha comunicación y remitan a la Corporación una copia de la respuesta dada a la misma.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REMITIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, el documento objeto de la presente providencia al Director de la Unidad Nacional de Proteccion y al Director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior para que, de conformidad con sus funciones y competencias (i) se pronuncien sobre los hechos descritos por los actores; y (ii) remitan a esta Sala una copia de la respuesta a las solicitudes elevadas por las autoridades del Consejo Comunitario de Curvarado.
  2. Lo anterior, dentro del termino dispuesto por la Ley 1437 de 20112 para responder las solicitudes planteadas por la Junta Directiva. Dichos documentos deberan ser remitidos al correo electronico de la Secretaria General (secretaria1@corteconstitucional.gov.co).
  3. Segundo. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de esta Corporacion, la presente decision al Director de la Unidad Nacional de Proteccion, al Director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y al presidente de la Junta Directiva del Consejo Comunitario de Curvarado por medio de correo electronico.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.